CANASTA FAMILIAR: $184.000
Éste es el valor de la Canasta Familiar, de nuestra fuerza de trabajo: el salario mínimo que todo trabajador debería percibir mensualmente, para la categoría más baja de su sector, sin antigüedad ni horas extra. Ésta es nuestra referencia para no ser pobres, y no la canasta devaluada del gobierno.
Reivindicamos y utilizamos como base el salario conquistado por el gremio Aceitero, que el 1ro de Julio estableció su salario mínimo en $184.000. El valor tiene que ser calculado por las bases y ajustado en cada región de acuerdo al verdadero costo de vida.
Como demuestran año tras año los aceiteros, el salario mínimo equivalente a la Canasta Familiar no se consigue por medio de leyes o votando a determinados diputados. De hecho hace décadas está contemplado en la Constitución, pero sabemos que las leyes que benefician a los oprimidos son letra muerta en el capitalismo. El método para imponer nuestras reivindicaciones es de la acción directa de masas: la huelga, la organización de piquetes, los cortes de ruta, la de toma de fábricas.
(Nota de MASAS nº418)
Comunicado de la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina
Acuerdo en la revisión salarial de la paritaria aceitera
En el día de la fecha los compañeros paritarios de la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina firmaron, en conjunto con los compañeros paritarios del Sindicato de Obreros y Empleados Aceiteros de San Lorenzo (SOEA), un acuerdo con los representantes patronales de las cámaras CIARA, CIAVEC y CARBIO en la negociación por la revisión salarial del Convenio Colectivo de Trabajo 420/05 que llevará el salario básico inicial a $ 184.000 a partir del 1° de julio de 2022 para las y los compañeros obreros y empleados aceiteros.
El planteo de nuestras organizaciones gremiales se basó en el derecho a un Salario Mínimo, Vital y Móvil según su definición en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo, esto es, que asegure a los trabajadores “alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión”.
En base al acuerdo suscrito el día de la fecha los salarios quedan conformados de la siguiente manera:
Cat. Julio-2022
A $ 920,00
B $ 997,06
C $ 1.090,78
D $ 1.194,02
E $ 184.000,00
F $ 199.411,83
G $ 218.157,77
H $ 238.802,56
Se trata de un nuevo logro alcanzado gracias a la fuerza colectiva de todas las compañeras y compañeros aceiteros que una y otra vez han defendido en cada planta y cada sector el Salario Mínimo Vital y Móvil con conciencia del valor de la fuerza de trabajo, con solidaridad y unidad obrera, tal cual se realizó en las históricas huelgas de 25 días de mayo de 2015 y de 21 días de diciembre de 2020, y en cada momento que resultó necesario.
Y también gracias a la construcción cotidiana de una organización gremial que continúa trabajando comprometida con los derechos de todas las compañeras y compañeros representados, utilizando cada herramienta a su alcance, fundamentalmente el derecho de huelga, ejerciendo la democracia sindical y practicando la solidaridad de clase.
En este sentido queremos destacar la importancia de haber firmado este acuerdo en conjunto con los compañeros del Sindicato de Obreros y Empleados Aceiteros de San Lorenzo (SOEA), un nuevo paso adelante profundizando la unidad de acción y los lazos fraternales de hermandad obrera.
Por todo esto hoy reafirmamos para nuestras compañeras y compañeros trabajadores, y sus familias, como eje fundamental de nuestra política gremial el Salario Mínimo, Vital y Móvil según su definición legal en la Constitución Nacional y la Ley de Contrato de Trabajo, ¡derecho de toda la clase trabajadora argentina!
Comisión Directiva
Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina
F.T.C.I.O.D y A.R.A.