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El Salario Mínimo Vital y Móvil debe equivaler al costo de la canasta familiar, no menos

Ante la falta de acuerdo en la reunión, fue fijado por decreto. Es inevitable el fracaso para los trabajadores en el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario. No es posible consensuar las aspiraciones de los trabajadores con el apetito de ganancia de las empresas y la política de ajuste del Gobierno. Son intereses antagónicos e irreconciliables.

El Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) se ubica en mínimos históricos: con la última actualización de julio a $ 254.232, muestra un retroceso real del 34,2% respecto a julio de 2023, que ya era extremadamente bajo.

Será de $262.433 desde agosto, (ajuste de 3,2%); $268.056 (2,1%) desde septiembre y $271.571 (1,3%) a partir de octubre.

La propuesta de la parte empresaria nucleada en la UIA fue una nueva burla: aumentar en $5.000 por mes. Calculado en 2% sobre el salario mínimo de julio.

Esta es la línea de seguir ajustando a los más pobres ya que el SMVM es el piso para los ingresos de un trabajador (especialmente los informales) y opera como referencia para otras prestaciones como el seguro de desempleo que por Ley debe ubicarse entre un 50% y el 100% del SMVM. En el primer semestre se duplicó la cantidad de personas que lo perciben respecto a 2023.

La CGT y las CTAs unificaron su pedido de llevar el salario actual de $234.315 hasta $482.000 en el mes en curso y $505.000 a partir de agosto. ¿Cómo determinaron ese importe de hambre? ¿En qué asamblea o plenario de trabajadores debatieron cuánto debe ser el salario mínimo? La burocracia que dirige los sindicatos sabe muy bien que el costo de la canasta familiar es superior a $1.300.000.

El gremio de los aceiteros desde hace años reclama en cada  paritaria que ningún trabajador del sector gane menos que “el Salario Mínimo, Vital y Móvil según su definición en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo” , es decir “la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión”.

Para buena parte de los trabajadores parece “mucho” porque por un larguísimo tiempo ha ido retrocediendo el salario real y las direcciones sindicales no contribuyen a educar sobre cuál es el valor de la fuerza de trabajo y se resignan a aceptar lo que las patronales y el gobierno ofrecen, sin resistencia, sin lucha.

Las patronales y el Gobierno aprovechan la desocupación creciente, el temor a perder el puesto de trabajo, la recesión que se sabe que será prolongada, para reducir el poder adquisitivo de los salarios todo lo que puedan, llevándolo a niveles de indigencia.

El salario mínimo igual al costo de la canasta familiar para todos los trabajadores será impuesto por la lucha conjunta de todos los trabajadores, afiliados o no, registrados o no, de los desocupados, de los jubilados, aplicando métodos de acción directa, colectivamente. 

El capitalismo, que no puede garantizar ni trabajo ni salario, los ataca permanentemente. Es un sistema que está agotado y no puede ser reformado. Sus gobiernos, sus instituciones, sus partidos, son arrastrados por la descomposición.

(nota de MASAS n°462)

Algunos datos históricos sobre el SMVM

En diciembre de 1945, luego de una gran movilización obrera, se aprobó el Decreto 33.302/45, que había dejado redactado Juan D. Perón antes de renunciar a la Secretaría de Trabajo y Previsión, había ocurrido el 17 de octubre. Una huelga general que enfrentó un lockout patronal en enero de 1946 logró imponer la vigencia de ese salario mínimo, a pesar de las protestas patronales acerca de la imposibilidad de pagarlo. El decreto estableció que “Salario vital mínimo es la remuneración del trabajo que permite asegurar en cada zona, al empleado y obrero y a su familia, alimentación adecuada, vivienda higiénica, vestuario, educación de los hijos, asistencia sanitaria, transporte o movilidad, previsión, vacaciones y recreaciones”. Luego del Golpe del Estado de 1955 y en el marco de la Convención Constituyente en 1957, al incorporar el artículo 14 bis, consagró su garantía constitucional

El Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) fue sancionado en el Congreso durante la presidencia de Arturo Illía. La Ley 16.459 se publicó en el Boletín Oficial el 15 de junio de 1964. Los impulsores de la iniciativa sostuvieron que eso permitiría: “Evitar la explotación de los trabajadores en aquellos sectores en los cuales puede existir un exceso de mano de obra”, “asegurar un ingreso mínimo adecuado” y “mejorar los salarios de los trabajadores más pobres”. El SMVM cubría a todos los asalariados con excepción de los trabajadores rurales, domésticos y públicos.

Ya durante el gobierno de Cámpora en 1973, se fijó un aumento del Salario Mínimo por decreto y luego se congelaron precios y salarios “en común acuerdo entre gobierno nacional, empresarios y trabajadores”, por lo que el Consejo del Salario quedó “de hecho” suspendido. Esto se extendió durante toda la dictadura militar y gran parte del gobierno de Alfonsín ya que recién en 1988, en el último año del gobierno, se reconstituyó el Consejo del Salario en el marco de la reapertura de las rondas de negociación colectiva.

Pero nuevamente en 1991, el presidente Carlos Menem y luego de la sanción de una nueva Ley (la Ley 24.013), el Salario Mínimo quedó congelado en $200 pesos desde 1993 a 2003, incluyendo otra vez la suspensión “de hecho” del Consejo del Salario.

Los gobiernos burgueses, de todo tipo, han tratado de aplastar el salario mínimo, fijando el piso más bajo posible como referencia para los mínimos de los convenios colectivos. Sólo la lucha generalizada de los trabajadores puede imponer el valor que corresponde que es el de la fuerza de trabajo.

(nota de MASAS n°462)

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